Preguntas Frecuentes
¿Que necesito para abrir una cuenta de ahorro?
- Ser Persona Natural.
- Ser mayor de 18 años.
- No tener otra Cuenta de Ahorro Vivienda en el sistema financiero.
- Realizar un Depósito de apertura de al menos UF 0,5.
- Documentar origen de fondos cuando corresponda.
¿Qué es un subsidio habitacional?
- El subsidio es un aporte económico que el Estado chileno destina a las familias que requieren apoyo para financiar la compra de su primera vivienda. Este aporte estatal no se restituye y para obtenerlo es necesario postular en las fechas que el Minvu establece en cada programa habitacional.
¿Qué tipos de subsidios habitacionales existen?
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En materia habitacional, los subsidios que entrega el Minvu permiten comprar, construir, arrendar, mejorar el entorno o ampliar una vivienda, y pueden ser utilizados en sectores urbanos y rurales.
¿Qué es el Registro Social de Hogares (RSH)?
El Registro Social de Hogares es un sistema de información cuyo fin es apoyar los procesos de selección de beneficiarios de un conjunto amplio de subsidios y programas sociales.
El Registro es construido con datos aportados por el hogar y bases administrativas que posee el Estado, proveniente de diversas instituciones.
El Registro establece la Calificación Socioeconómica, que ubica a cada hogar en un tramo de ingresos. Los factores que determinan la calificación socioeconómica de cada hogar son:
- Suma de ingresos laborales, de pensión y de capital de todos los integrantes del hogar. En caso de ser estudiantes que además trabajen (hasta los 24 años), se considera solo la parte del ingreso que excede los dos sueldos mínimos.
- Número de integrantes del hogar.
- Características de los integrantes del hogar: edad, discapacidad o dependencia.
- Evaluación de bienes y servicios a los que accede o posee un hogar y que permiten inferir su nivel socioeconómico al ser contrastado con el ingreso real percibido por el hogar.
¿Cuál es el monto mínimo del ahorro para POSTULAR a un subsidio habitacional?
- El monto del ahorro mínimo dependerá del programa habitacional al que se quiera postular. El dinero que conforma el ahorro debe estar depositado en una cuenta para la vivienda a más tardar el último día del mes anterior a la postulación, a partir de esa fecha no se deberán efectuar giros en la cuenta hasta que finalice el proceso de postulación.
¿Qué vigencia tienen los certificados de subsidio?
El certificado de subsidio tiene una VIGENCIA de 21 meses, desde la fecha de su emisión.
Debido a la contingencia por el Coronavirus (COVID-19), MINVU dispuso las siguientes medidas especiales: aquellos certificados de subsidio que durante los años 2019, 2020 o 2021 cumplan 39 meses desde su fecha de emisión, tendrán automáticamente 21 meses adicionales de vigencia. Los certificados de subsidio que durante los años 2020 y 2021 cumplan 60 meses desde su fecha de emisión, tendrán automáticamente 12 meses adicionales de vigencia. Para estos dos casos, no será necesario realizar ningún trámite.
¿Sí, es posible y los requisitos para ello dependerán de cada programa habitacional.?
Debido a la contingencia por el Coronavirus (COVID-19), MINVU dispuso las siguientes medidas especiales: aquellos certificados de subsidio que durante los años 2019, 2020 o 2021 cumplan 39 meses desde su fecha de emisión, tendrán automáticamente 21 meses adicionales de vigencia. Los certificados de subsidio que durante los años 2020 y 2021 cumplan 60 meses desde su fecha de emisión, tendrán automáticamente 12 meses adicionales de vigencia. Para estos dos casos, no será necesario realizar ningún trámite.
¿Dónde cobro el subsidio?
Es una gestión que realiza cada SERVIU, previa revisión de la documentación que acredite el correcto uso del subsidio, según establezca cada programa habitacional.
¿Qué antigüedad debe tener la cuenta de ahorro para la vivienda?
Se exige antigüedad en la cuenta de ahorro, de al menos 12 meses, sólo en el caso del Subsidio Habitacional para Sectores Medios D.S. 01
¿Dónde se abre una cuenta de ahorro para la vivienda?
Puedes abrirla en un banco, entidad financiera o cooperativa de ahorro y crédito, que se rijan por las normas del Banco Central y estén reguladas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), con la cual estableces un contrato que indica el mínimo de ahorro a reunir, de acuerdo al programa habitacional al que planeas postular.
¿Qué requisitos básicos debo cumplir para postular a un subsidio habitacional?
- Tener mínimo 18 años de edad.
- Contar con Cédula Nacional de Identidad Vigente.
- Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para Extranjeros con permanencia definitiva y Certificado de Permanencia Definitiva (emitido por el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior o por Policía de Investigaciones de Chile).
- Acreditar una cuenta de ahorro para la vivienda con una antigüedad mínima de 12 meses (solo para el subsidio D.S. 01).
- Ninguno de los miembros del hogar debe poseer una propiedad habitacional.
Calidad de la Vivienda
¿Cuál es el período de garantía de una vivienda?
Desde que su vivienda cuenta con recepción final municipal, existen plazos para hacer efectivas las responsabilidades en caso de fallas o defectos que afecten a las edificaciones, que pueden ser de 10 años (cuando afectan a la estructura), 5 años (cuando afectan a los elementos constructivos o de instalaciones) o 3 años (cuando afectan las terminaciones o de acabado). Todo conforme a la Ley Nº20.016 que introdujo modificaciones a la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
¿Quién responde por la calidad de una vivienda nueva?
El propietario primer vendedor de una construcción será responsable por todos los daños y perjuicios que provengan de fallas o defectos en ella, sea durante su ejecución o después de terminada, sin perjuicio de su derecho a repetir en contra de quienes sean responsables de las fallas o defectos de construcción que hayan dado origen a los daños y perjuicios.
En el caso de que la construcción no sea transferida, esta responsabilidad recaerá en el propietario del inmueble respecto de terceros que sufran daños o perjuicios como consecuencia de las fallas o defectos de aquella.
¿Quién es responsable de los daños producidos por las fallas de construcción?
Los proyectistas serán responsables por los errores en que hayan incurrido, si de éstos se han derivado daños o perjuicios. Sin perjuicio de lo establecido en el Nº 3 del artículo 2003 del Código Civil, los constructores serán responsables por las fallas, errores o defectos en la construcción, incluyendo las obras ejecutadas por subcontratistas y el uso de materiales o insumos defectuosos, sin perjuicio de las acciones legales que puedan interponer a su vez en contra de los proveedores, fabricantes y subcontratistas.
Las personas jurídicas serán solidariamente responsables con el profesional competente que actúe por ellas como proyectista o constructor respecto de los señalados daños y perjuicios.
¿Cómo se puede identificar a los proyectistas y constructores de su vivienda?
El propietario primer vendedor estará obligado a incluir en la escritura pública de compraventa, una nómina que contenga la individualización de los proyectistas y constructores a quienes pueda asistir responsabilidad de acuerdo al presente artículo. Tratándose de personas jurídicas, deberá individualizarse a sus representantes legales (Artículo18 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones).
¿Cuál es la altura de los muros o cierros entre vecinos?
Normalmente los cierros entre vecinos son los muros denominados «muro medianero» (el que pertenece en común a los dueños de dos predios colindantes). Los Planes Reguladores Comunales norman los cierros hacia la vía del espacio público, pero no establecen ninguna altura máxima para los cierros entre vecinos contiguos. Cualquier dificultad al respecto debe resolverse entre los vecinos respectivos y si subsisten discrepancias sobre la materia, puede denunciarse el hecho al Juez de Policía Local que corresponda.
¿Qué Legislación y Normas debe cumplir un edificio?
Para construir, reconstruir, reparar, alterar, ampliar o demoler un edificio o vivienda, se deberá solicitar permiso del Director de Obras Municipales respectivo (Artículo 5.1.1. de la OGUC). Las solicitudes de aprobaciones o permisos presentadas ante las Direcciones de Obras Municipales serán evaluadas y resueltas conforme a las normas vigentes a la fecha de su ingreso (Artículo 1.1.3. de la OGUC).