N° |
Nombre del mecanismo de participación ciudadana |
Breve descripción de su objetivo |
Requisitos para participar |
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1 |
Plebiscitos Comunales |
Manifestación de la voluntad soberana de la ciudadanía, respecto de determinadas materias de interés comunal. |
Estar inscrito (a) en los Registros Electores de la comuna de Monte Patria. |
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2 |
Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil |
Órgano asesor del municipio en el proceso de asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial y funcional y de las organizaciones de interés público de la Comuna de Monte Patria. |
Su integración, organización, competencias y funcionamiento será regulado por la Ley N°18,695 y un Reglamento aprobado por el Concejo Municipal. |
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3 |
Audiencias Públicas |
Medio a través del cual, el Alcalde y el Concejo conocen acerca de materias de interés comunal. |
Exigencias y requisitos establecidos en el Reglamento Interno del Concejo Municipal. |
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4 |
Cabildos |
Instancia de participación ciudadana, consultiva, convocada por la Municipalidad, que tendrá por objeto requerir la opinión de la comunidad en temas de interés local. |
El Alcalde iniciará el procedimiento del Cabildo, en cualquier época mediante convocatoria que deberá expedir 30 días antes de la fecha de realización del mismo. |
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5 |
Constitución de Organizaciones Comunitarias como mecanismos de participación |
La comunidad local podrá formar, en cualquier época , organizaciones de interés público, entendiendose por el sólo ministerio de la Ley, como este tipo de organizaciones, las de carácter funcional, territorial e indígenas, asegurándose la participación de todo otro tipo de asociación que tenga por finalidad la agrupación de personas en torno a objetivos de interés común a los aosciados, o de afectación de bienes de un fin determinado |
Dirigidos a todas las organizaciones que desen constituir su personalidad jurídica - requisitos: Acta de constitución suscrita por un Ministro de Fe municipal, notario público u oficial de Registro Civil.
- Certificado de antecedentes del directorio provisorio.
- Estatutos aprobados de la organización.
- Nómina de socios constituyentes. |
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6 |
Consultas, encuestas o sondeos de opinión |
Estudios que permiten explorar las percepciones y proposiciones de la comunidad hacia la gestión municipal. |
la consulta vecinal será convocada en cualquier época por el Municipio y determinará la forma en que dichos estudios serán efectuados. |
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7 |
De la información Pública local |
Será misión de la Municipalidad buscar el mediio que considere adecuado, para entregar la información documentada de asuntos públicos en forma completa, oportuna y clara a quién la solicite |
Ser representante de las Juntas deVecinos y demás organizaciones del territorio |
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8 |
Comites de administración de equipamientos comunitarios |
se entenderá por comités de adiministración de equipamientos comunitarios el mecanismo mediante el cual un conjunto de organizaciones sin fines de lucro y en cumplimiento de sus funciones, acceden a su uso compartido, y se organizan para la administración, mantención y conservación de equipamientos de propiedad municipal o administraciónadministración con fines comunitarios. |
Toda organización sin fines de lucro que colabore con la Municipalidad en el cumplimiento de sus funciones o que realice actividades en beneficio de la comunidad, con especial preeminenciade las organizaciones contempladas en la ley sobre juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias, Ley N° 19.418y organizaciones de base señaladas en la ley del deporte N°19.712,. Debiendo las organizaciones encontrarse a la fecha de solicitud de personalidad juridica y directiva vigentes. |
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